Fuente : ColombiaAgil
El Decreto 2119 deja transitoriamente (mientras se desarrolla una plataforma digital) como información obligatoria para el registro hotelero solo cinco campos.
Los establecimientos de alojamiento y hospedaje en Colombia deben diligenciar una tarjeta de registro por cada huésped. Dicha tarjeta incluye, además de los datos del establecimiento, información y datos generales de quien toma el servicio.
La información solicitada llegó a incluir un formato con 27 campos diferentes. En efecto, el documentos implicaba llenar espacios para número o nombre de la habitación, tipo de identificación, número de identificación, nombre (s), apellido, segundo apellido o de casada, fecha de nacimiento, género, nacionalidad, principal motivo viaje, categoría visa o permiso de ingreso, número de visa, fecha expedición visa, vencimiento visa, profesión, ocupación u oficio, país de residencia, departamento/estado/provincia de residencia, ciudad de residencia, país de procedencia, departamento/estado/provincia de procedencia, ciudad de procedencia, país de destino, departamento/estado/provincia de destino, ciudad de destino, fecha de entrada (check-in), fecha de salida y número de acompañantes.
Además en la tarjeta también debía figurar el tipo de acomodación, la tarifa, el número total de noches, el medio de pago y el medio de reserva.
A finales del 2017, en Colombia había casi 285 mil habitaciones debidamente legalizadas para prestar este servicio, distribuidas en hoteles, apartahoteles, centros vacacionales, campamentos, albergues, hostales, alojamientos rurales, viviendas turísticas y refugios.
Modificaciones
El Decreto 2119 deja transitoriamente (mientras se desarrolla una plataforma digital) como información obligatoria para el registro hotelero solo cinco campos:
- nombre,
- identificación,
- nacionalidad,
- fecha de llegada y
- fecha de salida.
También establece los criterios para la plataforma tecnológica que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo está desarrollando, lo cual permitirá el diligenciamiento sistematizado de la tarjeta, información que además estará conectada al Dane para el seguimiento estadístico.
Beneficios
- Impactará positivamente a un aproximado de 19.302 prestadores, además de los que se comiencen a formalizar, producto de la nueva reglamentación
- Se simplifica el proceso de registro hotelero.
- Facilita tanto la atención en los establecimientos de alojamiento turístico como el relacionamiento con los turistas.
- Abre camino a un sistema de información estadístico más exacto con acceso directo a los datos de parte de la autoridad estadística nacional (Dane).
Para saber más
Decreto 1074 de 2015 (Sección 12)